Los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid podrán ampliar el horario de terrazas hasta las 01.00 horas

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La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha aprobado una nueva orden flexibilizando algunas restricciones relacionadas con la COVID-19.

Esta nueva normativa, que se publica hoy en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y entra en vigor a partir del próximo lunes 25 de octubre faculta a los ayuntamientos a ampliar el horario de las terrazas habilitadas de manera extraordinaria por la pandemia hasta las 01.00 horas, en lugar de hasta las 00.00 como ocurría hasta ahora, aunque no podrán recibir nuevos clientes a partir de la medianoche.

En cualquier caso el Gobierno regional ha recordado que el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio en todos los espacios cerrados de uso público, aunque se pueda mantener la distancia interpersonal.

Asimismo, la norma autoriza la asistencia a conciertos y espectáculos de pie sin aforo limitado. En este caso, el público no podrá consumir comida ni bebida durante el evento, salvo en las zonas de restauración habilitadas, y con la obligatoriedad de usar la mascarilla en todo momento.

Esta orden es la misma en la que se recoge que los escolares pueden dejar de utilizar la mascarilla en los recreos.

 

 

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