Es otro de los aspectos de la nueva instrucción que ha aprobado el Ayuntamiento.
Si hace unos días el Consistorio anunció un aumento de la bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para quien instale placas fotovoltaicas, ahora ha dado a conocer que va a permitir más espacios y así como la agilización de la tramitación de estos proyectos con un procedimiento más simplificado.
El objetivo es «priorizar la eficiencia energética con la instalación de energías renovables», según marca la ‘Guía de orientación a los municipios para el fomento del autoconsumo’, del Instituto para Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica.
De esta forma, en su colocación en edificios o parcelas, siguiendo las consideraciones del IDAE, se prima la eficiencia energética y se determinan las condiciones preferentes desde un punto de vista arquitectónico, de tal forma que se facilite la instalación, sin limitar el espacio de ocupación ni el número máximo de placas a instalar.
Los paneles deberán instalarse, preferiblemente, en hileras, con alturas de un solo panel. Se recomienda una distribución armónica de los módulos en todo el tejado; solo en caso de necesitar mayor ocupación de la que se dispone, se permitirá superponer las hileras a favor de asegurar el rendimiento de la instalación.
Se permite su colocación en pérgolas y elementos auxiliares sin que se considere un mayor aumento de ocupación ni edificabilidad.
Recuerda que las placas fotovoltaicas también se pueden colocar en fachadas y en espacios libres de las parcelas.
Tramitación
En lo relativo a la tramitación, la documentación para obtener la autorización de la Concejalía de Urbanismo se presentará solo al inicio del expediente.
Elimina la fianza por gestión de residuos en instalaciones de menos de 10 Kw al considerar que los que generan son de tipo doméstico, comprometiéndose el interesado en la declaración responsable a su depósito en los contenedores o puntos limpios municipales habilitados para ello.
Una vez informado el expediente y al término de la obra, se presentará el certificado que garantice que la instalación ha sido realizada por un instalador autorizado por la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid o certificación de instalación eléctrica emitido por empresa instaladora habilitada al efecto. Esto servirá para tramitar la bonificación en el IBI, que pasa del 40 % al 45 % durante tres años.