La nueva orden ha entrado en vigor este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
La Comunidad de Madrid ha actualizado las indicaciones sobre el uso de mascarilla por la Covid-19 después de que el Gobierno central aprobara su retirada general. Ha entrado en vigor este viernes en el Boletín Oficial Regional (BOCM).
Según la normativa nacional, continúa siendo obligatoria en centros, servicios y establecimientos sanitarios por parte de trabajadores, visitantes y pacientes. Con la excepción de los ingresados cuando permanezcan en su habitación. También deben llevarla en zonas compartidas de centros sociosanitarios.
Los viajeros del transporte público la llevarán de manera general. El Gobierno regional recomienda hacerlo también en estaciones y andenes en caso de aglomeración.
En los centros de trabajo, no está indicada en principio, lo determinarán los responsables de prevención de riesgos laborales. En el resto de ámbitos, incluido el docente, no es obligatoria su utilización desde el pasado 20 de abril, según la normativa estatal.
Además, no se exigirá a personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por ello. Tampoco en situaciones de discapacidad o dependencia, que no dispongan de autonomía para quitársela o que presenten alteraciones de conducta que lo hagan inviable. Tampoco si resulta incompatible con la propia naturaleza de las actividades que se estén desarrollando, según las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Grupos de riesgo
Por su parte, la Consejería de Sanidad la recomienda para las personas con una mayor vulnerabilidad ante la Covid-19. Aconsejan su uso en cualquier actividad que requiera un contacto prolongado con otros a menos de 1,5 metros. Consideran en este grupo a las personas de mayores de 60 años, inmunodeprimidos y embarazadas.
Ha añadido que cuando se utilice, debe emplearse adecuadamente, cubriendo bien desde la nariz hasta la barbilla y que no tenga válvula exhalatoria, salvo en usos profesionales.