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La Comunidad de Madrid regula el transporte de objetos y equipaje en los autobuses interurbanos

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Autobus interurbano en Boadilla del MonteHa procedido a la actualización del Reglamento de Viajeros para regular, de manera detallada, los objetos y enseres que los usuarios pueden transportar en los autobuses interurbanos dependientes del Consorcio Regional de Transportes (CRTM).

La nueva normativa busca unificar criterios de seguridad y comodidad, adaptándose a los hábitos de movilidad actuales de los ciudadanos.

Hasta la fecha, el reglamento vigente solo contemplaba de forma genérica la posibilidad de portar bultos de mano, lo que generaba dudas ante la proliferación de nuevos elementos de transporte personal o equipajes de diversos tamaños. Con esta modificación, el Gobierno regional establece un marco para usuarios y operadores del servicio en toda la red de transportes de la región.

Tamaño y objetos permitidos

Según lo dispuesto en la nueva regulación, cada viajero podrá acceder al vehículo con un único objeto, siempre que su volumen no suponga una molestia o un riesgo para la integridad del resto de los ocupantes. El reglamento especifica las dimensiones máximas para los bultos más comunes:

  • Mochilas, bolsos y maletines: hasta 50 x 30 x 10 centímetros.

  • Maletas de cabina: un máximo de 55 x 40 x 20 cms.

  • Elementos infantiles: se permite la entrada de patinetes, correpasillos y bicicletas sin pedales destinados al uso de niños.

  • Otros: carritos de la compra, instrumentos musicales y material deportivo, siempre que estos últimos vayan protegidos en sus fundas correspondientes.

Una de las novedades más relevantes afecta a la forma de portar el equipaje: las mochilas y maletines no podrán llevarse a la espalda durante el trayecto, sino que deberán sujetarse con la mano para evitar golpes accidentales a otros pasajeros. En el caso de los instrumentos musicales de gran tamaño, se permitirá únicamente uno por vehículo y deberá situarse en los espacios habilitados.

Autoridad del conductor y seguridad

El reglamento refuerza la figura del conductor, quien tendrá la potestad de denegar el acceso a bultos que, aunque cumplan las medidas, representen un peligro u obstáculo por las circunstancias del viaje. El acceso podrá ser rechazado si el autobús se encuentra con un nivel de ocupación elevado o si las zonas destinadas al equipaje (como las bodegas) están completas.

En estos supuestos, el personal de servicio podrá solicitar al usuario que abandone el vehículo, incluso si ya ha validado su título de transporte. Asimismo, se recuerda que la responsabilidad sobre los objetos y los posibles daños que estos causen al material móvil o a terceros recaerá exclusivamente sobre el propietario de los mismos.

Esta medida se suma al aumento de autobuses interurbanos a la sierra que ha tenido lugar desde febrero del pasado año.

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