El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que presentó el Consistorio contra los fallos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y del Juzgado de lo Social número 2 de Móstoles por los que debía pagar a Ana Garrido una indemnización de algo más de 96.000 euros por la «extinción del contrato de trabajo» y por «daño moral».
Esta resolución del TS pone fin al proceso, por lo que el Ayuntamiento debe ejecutar las sentencias del (TSJM) de enero de 2014, en la que se le confirmó la condena del Juzgado de lo Social en primera instancia, que determinó el pago de 81.437 euros por la «extinción del contrato de trabajo» y de otros 14.877,15 euros por «daño moral».
Según el fallo del alto tribunal, en la sentencia de primera instancia constan como hechos probados que en 2012 el entonces concejal de Juventud, Deportes, Empleo y Formación, Adolfo Arias Javaloyes, se negó a reunirse con Ana Garrido por la paralización del desarrollo del Plan Integral de Juventud, y que el edil manifestó que «se lo iban a hacer pasar mal y que el motivo por el cual estaba paralizado el plan era porque querían que se cansara».
También manifiesta el TS que la ansiedad que padecía la ex trabajadora era consecuencia de las actuaciones del empleador y sus delegados, «que es a los que corresponde organizar el trabajo, por lo que el mal uso de esta facultad, que ha producido un daño físico y moral de una persona en concreto produce y conlleva la obligación legal de reparar el daño causado».
Ana Garrido, testigo en la trama Gürtel, estaba contratada como personal laboral fijo con labores como técnico de Juventud. Estuvo varias veces de baja como consecuencia de esas actuaciones de la edil y de los delegados.
Garrido, que también se negó a firmar «las irregularidades» del Consistorio, gobernado por Arturo González Panero, alias ‘el Albondiguilla’, ha denunciado un «calvario» y una «cacería humana» de 10 años.