El Ayuntamiento aplicará todas las medidas restrictivas frente a la COVID-19 dictadas por la Comunidad de Madrid a partir de las 00.00 horas del 9 de mayo, fin del estado de alarma.
El Consistorio ha anunciado este viernes que mantiene el cierre de los parques y pistas deportivas de acceso libre entre las 22.00 y las 6.00 horas, tal y como se ha estado haciendo hasta ahora.
Junto a esta medida, ha recordado las que ha explicado hoy el Gobierno regional para toda la Comunidad de Madrid, que pondrá fin al toque de queda desde las 00.00 horas del domingo 9 de mayo. Para las reuniones en domicilios o vía pública se recomienda no superar el número máximo de seis personas (excepto convivientes). El Ayuntamiento se ha sumado a esta recomendación y recuerda a los vecinos que sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla y recomendado el respeto de la distancia social para limitar al máximo la expansión de la pandemia.
Además, se mantendrán, con control judicial, las limitaciones y medidas específicas en determinadas zonas básicas de salud; el horario de cierre de la hostelería será a las 00.00 horas; no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 23.00; el número de personas máximo por mesa será de 4 en el interior y 6 en el exterior; sigue prohibido el consumo en barra.
Los cines, teatros y auditorios cerrarán a las 00.00 horas; se mantendrá una butaca libre entre personas o grupos de personas que adquieran entradas conjuntamente.
Los establecimientos comerciales y de prestación de servicios profesionales podrán abrir de 6.00 a 23.00 horas, al igual que las instalaciones deportivas y gimnasios.
Las salas multiusos polivalentes, recintos destinados a espectáculos públicos, recintos taurinos, locales de juego, apuestas, casino y el hipódromo podrán abrir hasta las 00.00 horas.
En cuanto a los aforos, el 50 % en el interior de la hostelería, lugares de culto, locales de juego, apuestas, casino y el hipódromo, salas multiusos polivalentes, instalaciones deportivas, gimnasios, recintos destinados a espectáculos públicos y recintos taurinos. El 75 % en terrazas, establecimientos comerciales y de prestación de servicios profesionales, cines, teatros, auditorios, museos, monumentos, academias, autoescuelas, ferias comerciales, congresos y reuniones o juntas de propietarios. El 40 % en parques recreativos infantiles y el 60% en parques de atracciones, zoos, acuarios y centros recreativos turísticos